Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Mayo de 2013, S. 362. XLVIII

Sentido del falloDECLARA NULIDAD - RECURSO DE QUEJA
Fecha14 Mayo 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S.

362.

XLVIII.

RECURSO DE HECHO

S., E.

M. si sucesión ab intestato. Buenos Aires,'¡Y ¡f¿ ~& .2‹rl'.9 Vistos los autos:

"Recurso de ~ChO deducido por E.

R.

F.; N.

L.

F.; E.

R.

B.

Y A.

M.

F. en la causa S., E.

M. s/ sucesión ab intestato", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el planteo de nulidad efectuado en el punto IV del dictamen del señor Defensor Oficial ante esta Corte (ver fs.

47/47 vta.), remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en los precedentes de Fallos:

332: 1115 ("C. de P."), 333: 1152 ("R.") y 334: 419 ("Faifman"), cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad.

Por ello, y resul tanda inoficioso que dictamine el señor P. General, se declara la nulidad de la resolución que reputó inadmisible el recurso extraordinario provincial (fs.

440/,442 del juicio principal) y de los actos procesales cumplidos con posterioridad.

Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que el Ministerio Pupilar tome intervención con posterioridad a la sentencia de cámara obrante a fs.

405/414 vta. y haga

-/ /-valer, en su caso, los derechos que estime corresponder. Agréguese la quej a al principal. Reintégrese el depósito. No- ti fíquese y, oportunam~nt~J_ remítase .. ••. ~_ .....

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_ ( ,,~ ~ /~ . RteARDO L.;LORENZETTI ENRlQUE S PETRACCH\ / l

S.

362.

XLVIII.

RECURSO DE HECHO

S., E.

M. si sucesión ab intestato. Recurso de hecho interpuesto por E.R.F.;N.L.F.; E.R.B.Y.;A.M.F., con el patrocinio del Dr. J.A.V.. Tribunal de origen:

Superior Tribunal de .Justicia de la Provincia de La Pampa. Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Segunda Circunscripción .Judi.cial de La Pampa y Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, L. y de Minería nO 2 de la Segunda Circunscripción Judicial de La Pampa.

D.O.

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