Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Mayo de 2013, P. 978. XLVIII

Sentido del falloDECLARA CADUCIDAD - RECURSO DE QUEJA
Fecha14 Mayo 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P.

978.

XLVIII.

RECURSO DE HECHO

P., A. si quiebra si incidente de recusación con causa. cdwde6a cf/~ j ~ 1 Buenos Aires, AL( ¡,¿('J. Autos y Vistos; consideran~:

Que en autos ha transcurrido el plazo del art.

310, inc.

  1. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación sin que se haya cumplido con lo requerido a fs.

6.

Por ello, declárase operada la caducidad de la instancia.

N. y, oportunamente, archivese.

R\CARDO LU1S LORENZETTf ELENA 1.H1GHTON de NOLASCO CARLOS S. FAYT JUAN CARLOS MAQUEDA

Recurso de hecho interpuesto por A.P., por su derecho, con el patrocinio letrado del Dr. A.H.F.C.. Tribunal de Origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, S.B.T. "que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nO 10. .i.

D.O.

00000001

00000002

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