Disposición Nº 322/2012

Fecha de disposición04 Septiembre 2012
Fecha de publicación14 Mayo 2013
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32638



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DisposiciónNº 322/2012Registro Nº 330/2013

Bs. As., 4/9/2012

VISTO el Expediente Nº 1.482.616/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.482.616/11, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD, la UNION FERROVIARIA y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado a foja 59, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo, las entidades gremiales adhieren al Acuerdo suscripto entre la parte empleadora precitada y la ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS (A.P.D.F.A.) homologado mediante la Resolución S.T. Nº 22 de fecha 10 de enero de 2012, registrado con el Nº 57/12, en todos sus términos y a los fines de que sus efectos se hagan extensivos a sus representados, a lo que la empleadora no opone objeciones, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete, conforme surge a foja 81 de autos, manifestando que no tiene observaciones que formular respecto al Acuerdo arribado a fojas 3/4.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de las entidades sindicales firmantes, emergente de sus personerías gremiales.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el texto suscripto.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por el Decreto Nº 738/12.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

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