Resolución Nº 359/2013
Fecha de disposición | 09 Abril 2013 |
Fecha de publicación | 06 Mayo 2013 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32632 |
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
ResoluciónNº 359/2013Registro Nº 308/2013
Bs. As., 9/4/2013
VISTO el Expediente Nº 1.497.460/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que bajo las presentes actuaciones tramita la homologación del Acta Acuerdo obrante a fojas 84/85 y foja 87, suscripta entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.S.A.I.D.) por la parte gremial, con las Empresas GIGARED SOCIEDAD ANONIMA y GIGACABLE SOCIEDAD ANONIMA ambas por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante el instrumento acompañado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 223/75, los negociadores establecen pautas y condiciones laborales para los trabajadores de ambas empresas signatarias, comprendidos en el ámbito de representación de la asociación sindical firmante.
Que analizados los puntos que integran el acuerdo en consideración, es dable manifestar que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la actividad que desarrolla la representación empresaria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que las partes han ratificado a fojas 89/90 y foja 115 el instrumento acompañado y por cumplimentado el recaudo que establece el artículo 17 de la ley de negociaciones colectivas Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el ámbito de aplicación se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de la Entidad Sindical suscriptora, emergentes de su Personería Gremial.
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente, encontrándose acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.S.A.I.D.) por la parte gremial, con las Empresas GIGARED SOCIEDAD ANONIMA y GIGACABLE SOCIEDAD ANONIMA ambas por la parte empleadora obrante a fojas 84/85 y foja 87 del Expediente Nº 1.497.460/12, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 84/85 y foja 87 del Expediente Nº 1.497.460/12.
— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
— Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
— Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba