Resolución Nº 344/2013

Fecha de disposición05 Abril 2013
Fecha de publicación06 Mayo 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32632



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 344/2013Registro Nº 304/2013

Bs. As., 5/4/2013

VISTO el Expediente Nº 1.547.706/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 9 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS, AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.S.A.I.D.), por la parte gremial y la empresa ESPN SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del mentado Acuerdo se establece el otorgamiento del beneficio social de guardería para el personal de la empresa firmante, dentro de los términos y lineamientos estipulados.

Que el presente es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 131/75.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el Acuerdo traído a estudio, conforme surge de los antecedentes acompañados.

Que asimismo han ratificado el texto convencional concertado, acreditando su personería con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del texto convencional de marras, se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral”.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

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