Sentencia nº 277738 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11, 28 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2013
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 11

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. nº B-277738/12, caratulado: “EJECUTIVO: V.R.S.C.H.S.I.”, del que

RESULTA:

Que, a fs. 6/7 se presenta el Sr. R.S.V., por sus propios derechos, con el patrocinio letrado del Dr. C.A.C., promoviendo juicio ejecutivo en contra de la Sra. S.I.H., por cobro de la suma de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS ($ 8.700.-), con más los intereses legales, costos y costas del juicio.-

Que, la deuda reclamada se encuentra instrumentada en un pagaré que contiene la cláusula “sin protesto”, el que según refiere, el término para su pago se encuentra vencido, sin que hasta la fecha fuera efectivizado.-

Que, intimada la demandada de pago y citada para oponer excepciones legítimas si las tuviere, a fs. 12 se presenta la misma por sus propios derechos con el patrocinio letrado del Dr. J.L.V., solicitando el franqueo de autos, el que se provee a fs. 13.-

Que, a fs. 21/22 la última nombrada niega la deuda reclamada y opone la excepción de falsedad de título, fundada en que el ejecutado fue suscripto en blanco y en garantía de un préstamo solicitado por un monto diverso e inferior al reclamado, para ser devuelto en cuotas, sin embargo el mismo fue llenado por una suma exorbitante y sin tener en cuenta las cuotas pagadas, de donde se deduce que se adulteró el documento. Acto seguido ofrece pruebas, y solicita se haga lugar a la excepción planteada, rechazándose la demanda con costas.-

Que, a fs. 23 se corre traslado de la excepción opuesta al actor, el que contesta a fs. 26/30 vta., oponiéndose al progreso de la defensa tentada por los argumentos que expresa y a los que me remito en honor a la brevedad.-

Que, a fs. 31 se declara la cuestión como de puro derecho y se llaman autos para resolver, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida, y

CONSIDERANDO:

Que, en autos se ataca la habilidad del título base de la ejecución, tachándolo de falso sobre la base de que tal documento en realidad fue entregado en garantía de una deuda por distinto monto al reclamado y que debía ser devuelta en cuotas, asumida la misma con el actor por razones de necesidad, por lo que según el demandado, el documento fue adulterado, y llenado por el presentante sin respetar lo originariamente convenido y sin tener en cuenta los pagos parciales realizados.-

Que, frente a tal cuestionamiento en forma reiterada ya he tenido oportunidad de expedirme sobre situaciones semejantes, a cuyo respecto comparto la doctrina y jurisprudencia dominante que en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR