Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Diciembre de 1994, S. 532. XXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 532. XXII.

ORIGINARIO

S.J., Provincia de c/ Estado Nacional s/ coparticipación federal de impuestos.

Buenos Aires, 20 de diciembre de 1994.

Autos y Vistos; Considerando:

Que a fs. 87/93 los doctores P.R.Q. y C.B.S. solicitan que se intime al Estado Nacional para que dé cumplimiento a la condena al pago de sus honorarios en la forma y plazos previstos en la ley 23.982 y su decreto reglamentario 1639/93. Se oponen de esa forma a la pretensión del Estado Nacional, esgrimida a fs. 75/76, en virtud de la cual considera que no es el obligado al pago de los honorarios, en atención al convenio al que ha arribado con la actora en el marco del "Acuerdo de saneamiento definitivo de la situación financiera entre el Estado Nacional y la Provincia de San Juan" (ver fs.

66/72).

Que la cuestión planteada es sustancialmente análoga a la resuelta por este Tribunal en la causa L.431.XXI "La Pampa, Provincia de c/ Estado Nacional s/ cobro de australes -coparticipación federal de impuestos-", pronunciamiento del 17 de noviembre de 1994, a cuyos fundamentos corresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello se resuelve: Practicar la intimación pedida a fs. 93, punto c, a cuyo efecto notifíquese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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