Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Noviembre de 1994, C. 1058. XXVIII

Fecha17 Noviembre 1994
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1058. XXVIII.

RECURSO DE HECHO

Cintioni, H.N. c/ Autolatina Argentina S.A.

Buenos Aires, 17 de noviembre de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Cintioni, H.N. c/ Autolatina Argentina S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. R.L. (H) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - EDUARDO MOLINE O' CONNOR - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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