Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Septiembre de 1994, F. 111. XXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 111. XXVIII.

RECURSO DE HECHO

F., E.M. s/ estafas reiteradas -Causa N° 1870-. Buenos Aires, 27 de septiembre de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa en la causa F., E.M. s/ estafas reiteradas -Causa N° 1870-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, no ha sido introducida oportunamente en el proceso.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. R.L. (H) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JULIO S. NAZARENO - ANTONIO BOGGIANO.

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