Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Julio de 1994, R. 410. XXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 410. XXVII.

RECURSO DE HECHO

R., L.A. y V., L.R. s/ extorsión y privación ilegítima de la libertad -Causa N° 6-. Buenos Aires, 28 de julio de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa en la causa R., L.A. y V., L.R. s/ extorsión y privación ilegítima de la libertad -Causa N° 6-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no refuta todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia apelada.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a los recurrentes a que dentro del quinto día, efectúen el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. R.L. (H) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR.

1 temas prácticos
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR