Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Junio de 1994, P. 68. XXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 68. XXVII.

RECURSO DE HECHO

Prado Z. de Escobar, Blanca c/ Edelim S.C.A.

Buenos Aires, 23 de junio de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa P.Z. de Escobar, Blanca c/ Edelim S.C.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. R.L. (h) - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - G.A.F.L..

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