Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Abril de 1994, C. 43. XXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

COMPETENCIA-N° 43-XXVII O., C.F. s/ infracción art. 5°, inc. c) de la ley 23.737.

Buenos Aires, 5 de abril de 1994.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que el señor juez a cargo del Juzgado Federal N° 2 de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, decretó la elevación a juicio y remitió las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de esa ciudad (fs.

    297), la cual declaró la nulidad del mencionado auto con el fin de que aquél continuara el trámite del expediente de conformidad con las disposiciones del Código de Procedimientos en Materia Penal -ley 2372- sobre la base de que aún no se encontraba constituido el tribunal oral federal que debía entender en la causa (fs. 306/307).

    El magistrado federal resolvió dar por trabada lo que consideró una contienda de competencia y elevó las actuaciones a esta Corte Suprema para que la dirima (fs. 318/321).

  2. ) Que este Tribunal, en ejercicio de sus facultades relativas a la puesta en funcionamiento del nuevo ordenamiento procesal penal (leyes 23.984, 24.050 y 24.121), dictó -en lo que a estas actuaciones interesa- la acordada N° 89/92 "a fin de asegurar la continuidad de la administración de la justicia penal oral en todo el país", y dispuso que los tribunales orales en lo criminal federal con asiento en el interior del país se integraran provisoriamente por sorteo entre los miembros de las Cámaras Federales de Apelaciones.

  3. ) Que de lo expuesto se advierte que no existe una contienda de competencia o conflicto jurisdiccional que

    algún tribunal superior jerárquico común deba resolver art. 24, inc. 7°, del decreto-ley 1285/58- (confr. competencia N° 124.XXVI. "Riarte, R.R. y Sosa, R.D. s/ daños", resuelta el 22 de diciembre de 1993).

    Por ello, corresponde remitir estas actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca para que proceda de conformidad con lo señalado en el considerando 2°. Hágase saber al Juzgado Federal N° 2 de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires. JULIO S. NAZARENO - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (h) - EDUARDO MOLINE O'CONNOR.

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