Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Marzo de 1994, C. 106. XXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

COMPETENCIA. N° 106 XXVI.

B., M.E. su denuncia.

Buenos Aires, 15 de marzo de 1994.

Autos y Vistos; Considerando:

  1. ) Que la presente contienda negativa de competencia se trabó entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 20 y el Juzgado en lo Criminal y Correccional 1 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, en la causa iniciada con motivo de la denuncia que formuló M.E.B. ante la imposibilidad de cobrar los cheques que L.M.B. le había entregado en pago de tres equipos de facsímil.

  2. ) Que a fs. 18 el juez nacional resolvió remitir las actuaciones a la justicia provincial pues, en su opinión, el hecho investigado constituía el delito de estafa y, en consecuencia, debía seguir entendiendo el magistrado con jurisdicción en el domicilio en que se había efectuado la entrega de la mercadería. Por su parte, el juez local rechazó lo resuelto al entender que la conducta investigada constituía el delito de cheque sin fondos por lo que resultaba competente el juez con jurisdicción en el domicilio del banco girado (fs.

    19/20).

  3. ) Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos contenidos en el dictamen del señor P. General en lo que respecta a la calificación del delito, a los que se remite en razón de brevedad.

  4. ) Que, sin embargo, en atención al lugar donde se encuentra el banco girado, deberán remitirse las presentes actuaciones a la justicia en lo penal económico, según

    lo dispuesto por el decreto-ley 4933/63 -ratificado por la ley 16.478-, aunque no haya sido parte en esta contienda (Fallos: 310:479; 312:1213 y 1896, entre muchos otros).

    Por ello, y oído el señor Procurador General, se declara que deberán remitirse las presentes actuaciones al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 20 con el fin de que proceda de conformidad con lo indicado en el considerando 4°. Hágase saber al Juzgado en lo Criminal y Correccional N° 1 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires. JULIO S. NAZARENO - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (h) - ANTONIO BOGGIANO.

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