Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Febrero de 1994, F. 36. XXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 36. XXV.

RECURSO DE HECHO

Fisco Nacional - Dirección General Impositiva c/ Establecimientos Recife S.A.

Buenos Aires, 22 de febrero de 1994.

Autos y Vistos; Considerando:

Que según surge de las actuaciones principales remitidas a raíz de la providencia de fs. 8, el a quo ha prescindido, sin dar razones de ello, del trámite previsto en el párrafo segundo del artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. El traslado que allí se dispone resulta insoslayable, a poco que se advierta que su omisión compromete irremediablemente el derecho de defensa del Fisco Nacional.

Por tanto, déjase sin efecto el pronunciamiento de fs.38 vta. de los autos principales, debiendo remitirse las actuaciones al tribunal de origen, para que se sustancie la apelación extraordinaria, de conformidad con lo preceptuado en el art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y, oportunamente, por quien corresponda, se resuelva acerca de su procedencia.

N. y devuélvase con copia de la presente. JULIO S. NAZARENO - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (h) - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO.

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