Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Febrero de 1994, P. 66. XXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 66. XXVI.

RECURSO DE HECHO

P., C.A. s/ eximición de prisión -Causa N° 23.781-. Buenos Aires, 8 de febrero de 1994.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa en la causa P., C.A. s/ eximición de prisión -Causa N° 23.781-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja no ha sido oportunamente introducida en el proceso.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.JULIO S. NAZARENO-AUGUSTO CESAR BELLUSCIO- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI-RICARDO LEVENE (H)-EDUARDO MOLINE O'CONNOR

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR