Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Febrero de 1994, A. 42. XXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 42. XXIV.

ORIGINARIO

Aice S.A. de Ahorro para Fines Determinados c/ San Luis, Provincia de s/ inconstitucionalidad.

Buenos Aires, 8 de febrero de 1994.

Autos y Vistos:

En atención a lo solicitado, teniendo en cuenta la labor desarrollada en el principal y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. b, c, y d; 9°, 37 y 38 de la ley 21.839, se regulan los honorarios de los doctores S.E.A. y A.R.G.A., en conjunto, en la suma de mil pesos ($ 1.000); los de la doctora A.H. en la de mil pesos ($ 1.000); los del doctor J.G.L.'Huillier en la de cuatrocientos pesos ($ 400) y los del doctor H.E.R. en la de mil cuatrocientos pesos ($ 1.400).

Asimismo, por la tarea cumplida en el incidente resuelto a fs. 73, se fijan los honorarios de los doctores J.G.L.'Huillier y A.H., en conjunto, en la suma de cuatrocientos pesos ($ 400) (art. 33 de la ley citada). Notifíquese.CARLOS S. FAYT- AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI- RICARDO LEVENE (H)-EDUARDO MOLINE O'CONNOR

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