Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Junio de 2008, B. 1361. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1361. XLIII. y otros.

RECURSOS DE HECHO

Banco General de Negocios S.A. s/ quiebra s/ incidente de revisión promovido por G., A.N.E..

Buenos Aires, 24 de junio de 2008 Vistos los autos: ARecursos de hecho deducidos por A.N.E.G. en la causa ›Banco General de Negocios S.A. s/ quiebra s/ incidente de revisión promovido por G., A.N.E.=; por D.J.T. en la causa B.1362.XLIII. ›Banco General de Negocios S.A. s/ quiebra s/ incidente de revisión promovido por D.J.T.=; por C.J.F. en la causa B.1403.XLIII.

›Banco General de Negocios S.A. s/ quiebra s/ incidente de revisión promovido por Ferrari Carolina Jazmín=; por E.M.P. en la causa B.1404.XLIII. ›Banco General de Negocios S.A. s/ quiebra s/ incidente de revisión promovido por P., E.M.= y por A.A.D. en la causa B.1410.XLIII. ›Banco General de Negocios S.A. s/ quiebra s/ incidente de revisión promovido por A.A.D., para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación dio origen a estas quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman las quejas. H. saber y archívense. R.L.L. -E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

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