Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Junio de 2008, D. 1097. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 1097. XLII.

RECURSO DE HECHO

Dirección General de Rentas de Misiones c/ M. y Compañía.

Buenos Aires, 10 de junio de 2008 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Dirección General de Rentas de Misiones c/ M. y Compañía", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 73. H. saber y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones, representada por el Dr. O.A.V., con el patrocinio del Dr. Gustavo Latini Tribunal de origen: Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe Tribunal que intervino con anterioridad: Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, Provincia de Santa Fe

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