Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2008, C. 1234. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 1234. XLIII.

L., N.E. y otros s/ calumnias e injurias.

Buenos Aires, 29 de abril de 2008 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Nacional en lo Correccional N° 2, al que se le remitirá. Hágase saber al Juzgado en lo Correccional N° 5 del Departamento Judicial de La Plata, Provincia de Buenos Aires. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

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