Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2008, C. 1108. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 1108. XLIII.

T., O.J. s/ denuncia.

Buenos Aires, 29 de abril de 2008 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, deberá enviar la causa en la que se originó el presente incidente a la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, con el fin de que desinsacule el juzgado que deberá continuar con la investigación respecto del encubrimiento.

Asimismo, hagase saber al mencionado tribunal que deberá enviar copia de las partes pertinentes al Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de la localidad mencionada, que deberá continuar con la investigación respecto del delito de resistencia a la autoridad. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

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