Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2008, S. 387. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 387. XLIII.

Sr. fiscal general solicita desarchivo de causas que tramitaron por art.

10 ley 23.049.

Buenos Aires, 29 de abril de 2008 Vistos los autos: A.. fiscal general solicita desarchivo de causas que tramitaron por art. 10 ley 23.049@.

Considerando:

Que los planteos de los recurrentes promueven el examen de cuestiones sustancialmente análogas, mutatis mutandi, a las tratadas y resueltas en S.1767.XXXVIII ASimón, J.H. y otros s/ privación ilegítima de la libertad, etc.

Ccausa N° 17.768CA del 14 de junio de 2005 (Fallos: 328:2056) y en la sentencia dictada el 13 de julio de 2007 en la causa M.2333.X.A., J.L. y otros s/ rec. de casación e inconstitucionalidad@, de modo que corresponde remitir a dichos fundamentos dado que son plenamente aplicables al sub lite.

Que el agravio fundado en la afectación a la garantía a obtener un juicio rápido, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General de la Nación, se declara procedente el recurso extraordinario con el alcance indicado y se confirma la sentencia apelada. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y, oportunamente, devuélvase.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z..

Profesionales: D.. M.A.A. y E.A.G. (abogados defensores del general (R) J.C.T.); E.L.P. (defensor público oficial ad-hoc de J.H.A., J.A.A., R.O.B., O.R.O., D.M.R., C.H.Z., H.M.M., J.R.P., A.R., R.B. y L.A.; M.B., G.T. y M.B. (apoderados de los querellantes) Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Paraná Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Paraná, Provincia de Entre Ríos

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