Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Abril de 2008, L. 304. XLII
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
L. 304. XLII.
ORIGINARIO
La Celina S.A.
Agrícola Ganadera e Industrial c/ Buenos Aires, Provincia de s/ usucapión.
Buenos Aires, 8 de abril de 2008 Autos y Vistos; Considerando:
Que el Tribunal comparte los argumentos y la conclusión del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitir a fin de evitar repeticiones innecesarias.
Por ello, se resuelve: Declarar que la presente causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
N., comuníquese al señor P. General y agréguese copia del dictamen al que se hace referencia a fs. 102. E.I.H. de NOLASCO - CAR- LOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUE- DA.
Demanda promovida por La Celina S.A. Agrícola Ganadera e Industrial.
Profesional interviniente: doctor J.M.L.A. (h), letrado de la parte actora.
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Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 8 de Octubre de 2020, expediente FMZ 052033681/2012/CA001
...o insuficiencia de conocimientos científicos” (La Celina S.A. Agrícola, Ganadera e Industrial c/ Buenos Aires, Provincia de s/usucapión L. 304. XLII. ORI 27/02/2018 Fallos: Por otra parte, si bien es cierto que, el juez en su labor de apreciación judicial, debe efectuar un análisis integral......
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