Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Abril de 2008, C. 562. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 562. XXXVII.

C., S.A. c/ M° de Trabajo y Seg. SCL Cresols. 999/91 y 1005/91C.

Buenos Aires, 8 de abril de 2008 Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 233/240 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d; 7°, 9° y 14 de la ley 21.839 Cmodificada por la ley 24.432C, se regulan los honorarios de la doctora S.A.T. en la suma de seis mil pesos ($ 6.000). Dichos honorarios no incluyen el impuesto al valor agregado ni el importe correspondiente a la contribución prevista por el art.

62, inc. 2° de la ley 1181 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, montos que Cen su casoC deberán ser adicionados conforme a la subjetiva situación de la profesional beneficiaria frente al citado tributo y al régimen de seguridad social aplicable. N. y devuélvanse. E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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