Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Abril de 2008, I. 84. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 84. XLII.

RECURSO DE HECHO

Iribas de Desimoni, C. y Desimoni, Remo c/ HSBC Bank Argentina S.A. - Banco Francés S.A. - Banco Río de La Plata S.A.

Buenos Aires, 1 de abril de 2008 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por el BBVA Banco Francés S.A. en la causa Iribas de Desimoni, C. y Desimoni, Remo c/ HSBC Bank Argentina S.A. - Banco Francés S.A. - Banco Río de La Plata S.A.@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión propuesta por la recurrente resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta en la causa C.3252.XL ACocco@ (Fallos: 329:5607), sentencia del 12 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir por razones de brevedad.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 64. N., y previa devolución de los autos principales, archívese. E.I.H. de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por la letrada apoderada del BBVA - Banco Francés S.A., Dra. R.N.M., con el patrocinio letrado del Dr. G.A.C.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes Tribunales que intervinieron con anterioridad: S.I. de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Corrientes y Juzgado Civil y Comercial n° 3 de esa jurisdicción

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