Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Febrero de 2008, G. 2264. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 2264. XLII.

RECURSO DE HECHO

Ghío, A.M. c/ Junta Electoral de la Asociación de Empleados de la Administra- ción Nacional de Aduanas.

Buenos Aires, 19 de febrero de 2008 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa Ghío, A.M. c/ Junta Electoral de la Asociación de Empleados de la Administración Nacional de Aduanas@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Reintégrese el depósito.

N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por A.M.G., con el patrocinio del Dr. J.L.G.T. de origen: Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 73

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