Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Febrero de 2008, C. 92. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 92. XLIII.

O., L.E. y otros s/ tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Buenos Aires, 5 de febrero de 2008 Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, lo resuelto el 4 de septiembre de 2007 en la Competencia N° 264.XLII. "S., S.R. s/ infr. ley 23.737", a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y habiendo dictaminado el señor P.F., se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. A. copia del precedente citado y de su correspondiente dictamen.

Hágase saber al Juzgado Federal N° 1 de La Plata. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO (en disidencia)- E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

DISI

Competencia N° 92. XLIII.

O., L.E. y otros s/ tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

DENCIA DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTE DOCTORA DOÑA ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal N° 1 de La Plata, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. H. saber al Juzgado de Garantías N° 3 del Departamento Judicial de Quilmes. E.I.H. de NOLASCO.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR