Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Febrero de 2008, M. 475. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 475. XLIII.

RECURSO DE HECHO

Michat, H.E. c/ Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.

Buenos Aires, 5 de febrero de 2008 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Fiscalía de Estado la Provincia de Buenos Aires en la causa Michat, H.E. c/ Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 41. N. y, oportunamente, archívese.

E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, representada por la Dra. M.A.T.T. de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires

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