Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Diciembre de 2007, C. 210. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 210. XLIII.

H., C.R. s/ infr. ley 11.723.

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2007 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que, por resultar insustancial el presente conflicto de competencia, deberá remitirse este incidente al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Martín, Provincia de Buenos Aires, a sus efectos.

H. saber al Juzgado de Garantías N° 1 del departamento judicial de la localidad mencionada. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR