Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Noviembre de 2007, M. 1013. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1013. XLIII.

RECURSO DE HECHO

Mendoza, J.R. y otro c/ Emprar S.A. y otros.

Buenos Aires, 27 de noviembre de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Mendoza, J.R. y otro c/ Emprar S.A. y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito. N. y archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por J.R.M. y A.F., con el patrocinio del Dr. M.D.B.T. de origen: Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 13

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