Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Noviembre de 2007, C. 1409. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1409. XLIII.

RECURSO DE HECHO

Ceconi, A.O. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social.

Buenos Aires, 20 de noviembre de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

Que surge de las constancias agregadas a fs. 6/27 que el escrito en el que se dedujo el recurso de queja ha sido presentado ante este Tribunal una vez vencido el plazo para su interposición (arts. 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), motivo por el cual corresponde declararlo extemporáneo (Fallos: 303:870; 306:767 y 323:831).

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y archívese. E.I.H. de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social, representada por el Dr. L.H..

Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N1 6.

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