Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 30 de Octubre de 2007, L. 304. XLII

Fecha30 Octubre 2007

LA C.S.A. AGRÍCOLA GANADERA E INDUSTRIAL c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ usucapión.

JUICIO

ORIGINARIO

S.C., L. 304, L. XLII.

S u p r e m a C o r t e :

La cuestión sometida a conocimiento del Tribunal en el sub lite resulta sustancialmente análoga a la que tuve oportunidad de examinar el 2 de octubre de 2007 in re B. 522, XLII, Originario, "B. de R.F., M.C.J. c/ Buenos Aires, Provincia de s/ usucapión".

En virtud de lo expuesto en dicho dictamen y sus citas, a cuyos fundamentos me remito brevitatis causae, opino que de tener V.E. por acreditada la distinta vecindad de la actora respecto del Estado local con las constancias obrantes en el expediente a fs. 3/6, opino que la causa corresponde a la competencia originaria del Tribunal.

Buenos Aires, 30 de octubre de 2007.

L.M.M.

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