Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Octubre de 2007, P. 1333. XLI

Fecha30 Octubre 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 1333. XLI.

ORIGINARIO

Palacio, R. y otros c/ Buenos Aires, Pro- vincia de y otros s/ interrupción de prescripción.

Buenos Aires, 30 de octubre de 2007 Autos y Vistos; Considerando:

Que frente a la falta de pago de la tasa de justicia correspondiente a este proceso, pese a las intimaciones que le fueron cursadas a la parte actora a esos efectos (ver fs. 12 y 14), y al no alcanzar la deuda que se ha devengado por tal concepto el monto mínimo de quinientos pesos ($ 500) previsto en la acordada 40/04 de esta Corte para la emisión del respectivo certificado de deuda, corresponde aplicar al caso lo prescripto en los arts. 666 bis del Código Civil y 37 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, se resuelve: Imponer a la parte actora una sanción conminatoria de veinte pesos por día, que se adicionará al monto adeudado en concepto de tasa de justicia y de la multa fijada a fs.

13 y que se devengará a partir de la notificación de este decisorio y hasta que se acredite el pago de la deuda o bien ésta alcance la suma de quinientos pesos ($ 500). N.. E.I.H. de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Parte Actora: R.P., asistido por su letrado patrocinante, Dr. M.Á.B.

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