Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Octubre de 2007, M. 667. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 667. XLIII.

Micieslao Trembecki e Hijos S.R.L. c/ Banco Nación Argentina por pago por consignación.

Buenos Aires, 9 de octubre de 2007 Vistos los autos: "Micieslao Trembecki e Hijos S.R.L. c/ Banco Nación Argentina por pago por consignación".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se declara improcedente el recurso extraordinario. Con costas. N. y devuélvase. E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso extraordinario interpuesto por M.E.T. (actora), con el patro- cinio de los Dres. C.E.M. y O.B.S. de Moro Traslado contestado por el Banco de la Nación Argentina, representado por el Dr. M.R.C., patrocinado por la Dra. Z.N.P.T. de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Paraná

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