Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Octubre de 2007, K. 198. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K. 198. XLII.

K., L.E. c/ Koldobsky, C. s/ diligencia preliminar.

Buenos Aires, 9 de octubre de 2007 Vistos los autos: AKoldobsky, L.E. c/ Koldobsky, C. s/ diligencia preliminar@.

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyos los argumentos del dictamen del señor Procurador General, a cuyas conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad, dejando a salvo que la mención que allí se hace del inc. e del art. 1 del decreto 410/02 obedece a un error material. En efecto, habida cuenta de los fundamentos dados con apoyo en el texto del inc. d del citado artículo es evidente que se pretendió hacer referencia a éste.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y remítase.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso extraordinario interpuesto por C.D.K., representado por el Dr. F.D.L.T. contestado por L.E.K., representada por el Dr. D.P.B.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial

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