Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Septiembre de 2007, C. 417. XLIII
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
Competencia N° 417. XLIII.
D. l.S., M.C., D. l.S., C. A. s/ art. 10 ley 10.067.
Buenos Aires, 25 de septiembre de 2007 Autos y Vistos:
De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal subrogante, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones, el Juzgado Civil, Comercial, L. y de Menores de Ituzaingó, provincia de Corrientes, al que se le remitirán. H. saber al Tribunal de Menores n° 1 del Departamento Judicial de La Matanza, provincia de Buenos Aires. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..
-
Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 4 de Febrero de 2022, expediente CNT 014171/2018/CA002
...proceso, celeridad y economía procesal, que tienen a evitar la privación de justicia” (“D.L.S.M.C y otro s/ inf. ley 10067, 25/9/2007, C.417. XLIII.COM), con lo cual suspender el proceso a estas alturas deviene absolutamente improcedente por inoportuno y Finalmente, se advierte que el plant......
-
Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 4 de Febrero de 2022, expediente CNT 014171/2018/CA002
...proceso, celeridad y economía procesal, que tienen a evitar la privación de justicia” (“D.L.S.M.C y otro s/ inf. ley 10067, 25/9/2007, C.417. XLIII.COM), con lo cual suspender el proceso a estas alturas deviene absolutamente improcedente por inoportuno y Finalmente, se advierte que el plant......