Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Septiembre de 2007, P. 840. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 840. XLII.

RECURSO DE HECHO

P., M.G. s/ robo calificado en grado de tentativa y robo seguido de muerte.

Buenos Aires, 18 de septiembre de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensora oficial de M.G.P. en la causa P., M.G. s/ robo calificado en grado de tentativa y robo seguido de muerte", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuyo rechazo originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y archívese, previa devolución de los autos principales.

ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por M.G.P., representado por el Dr. E.D. - defensor oficial Tribunal de origen: Juzgado de Primera Instancia de Distrito de Menores de la Tercera Nominación de Rosario Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe y Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

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