Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Agosto de 2007, I. 14. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 14. XLIII.

Inversora Guaymallén S.A. c/ Nuevo Banco del Chaco S.A. s/ ejec. de sentencia s/ inc. de tasa de justicia.

Buenos Aires, 21 de agosto de 2007 Vistos los autos: AInversora Guaymallén S.A. c/ Nuevo Banco del Chaco S.A. s/ ejec. de sentencia s/ inc. de tasa de justicia@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso extraordinario. Con costas. N. y devuélvase. E.I.H. de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso extraordinario interpuesto por Nuevo Banco del Chaco S.A., representado por el Dr. G.E.Q., con el patrocinio del Dr. R.C.B. Traslado contestado por R.A.B., apoderado de la actora Tribunal de origen: Sala C, de la Cámara en lo Comercial Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial N° 10

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