Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 13 de Julio de 2007, C. 708. XLIII

Fecha13 Julio 2007

"R., R. s/ infr. leyes 11.723 y 22.362" S.C. Comp. 708, L. XLIII S u p r e m a C o r t e :

A mi juicio, concurren en la presente contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N1 2 y el Juzgado de Garantías N1 2, ambos de San Martín, provincia de Buenos Aires, circunstancias substancialmente análogas a las consideradas en la Competencia N1 1380, L. XLI, in re "A., G. s/ infr. ley 22.362", por lo que resultaría aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en esos autos el 20 de diciembre del 2005.

En atención a los fundamentos allí expresados, a los que me remito en razón de brevedad, opino que corresponde asignar competencia al juzgado federal para entender en estas actuaciones.

Buenos Aires, 13 de julio del año 2007.

L.S.G.W.

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