Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Julio de 2007, G. 274. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 274. XLIII.

RECURSO DE HECHO

Gazzera, M.B. c/ Claridad Admi- nistradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones Buenos Aires, 3 de julio de 2007.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por Orígenes Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones en la causa Gazzera, M.B. c/ Claridad Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial).

Por ello, se desestima esta presentación directa. Por no corresponder, reintégrese el depósito de fs. 44. N. y archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por Orígenes Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones , representada por la Dra. A.V.R.. Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de Córdoba N1 1.

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