Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Julio de 2007, B. 2246. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 2246. XLII.

RECURSO DE HECHO

Banco de La Pampa c/ Rausch, J.O..

Buenos Aires, 3 de julio de 2007.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por J.E.F. en la causa Banco de La Pampa c/ Rausch, J.O., para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho deducido por J.E.F., representada por el Dr. A.F.P.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Pampa Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, L. y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Pampa

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