Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 5 de Junio de 2007, C. 542. XLIII

Fecha05 Junio 2007

"V., M.G. s/ Infr. leyes 22.362 y 11.723" S.C. Comp. 542, L. XLIII S u p r e m a C o r t e :

A mi juicio, concurren en la presente contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado Federal y el Juzgado de Garantías Nº 1, ambos de Quilmes, provincia de Buenos Aires, circunstancias substancialmente análogas a las consideradas en la Competencia Nº 963, L.

XLI, in re "V. T., S. E. s/ infr. ley 11.723", por lo que resultaría aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en esos autos el 25 de abril del 2006. En atención a los fundamentos allí expresados, a los que me remito en razón de brevedad, opino que corresponde asignar competencia al juzgado federal para entender en estas actuaciones.

Buenos Aires, 5 de junio del año 2007.

L.S.G.W.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR