Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Mayo de 2007, T. 189. XLIII

Fecha29 Mayo 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 189. XLIII.

RECURSO DE HECHO

Tecnología Médica S.A. y otro c/ D., J.J. y otros.

Buenos Aires, 29 de mayo de 2007 Autos y Vistos:

Atento a que los apelantes no cumplieron con el depósito previsto por el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ni invocaron exención alguna contemplada en las normas vigentes en materia de tasas judiciales, al no haber satisfecho el recaudo formal señalado en el plazo fijado por la providencia de fs. 18, corresponde desestimar la presente queja.

Por ello, se rechaza la queja. N. y archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFA- RONI - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por J.J.D., A.O.A. y Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada, representados por el Dr. G.M.B.T. de origen: Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 89

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR