Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Mayo de 2007, E. 4. XL

Fecha22 Mayo 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 4. XL.

Espisua, E. c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos.

Buenos Aires, 22 de mayo de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la presentación de fs. 159, importa por su contenido un pedido de aclaratoria de la decisión de fs. 152/156 vta. lo cual justifica prescindir del nomen iuris utilizado por el actor.

Que en tales condiciones, corresponde aclarar la sentencia del Tribunal en el sentido de que los haberes devengados con anterioridad a la vigencia de la ley de déficit cero, aún cuando hubieran sido efectivamente pagados en vigencia de aquélla, se encuentran excluídos de su ámbito de aplicación en los términos del art. 3 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; por lo que la devolución de dichos montos también se encuentra fuera del alcance del decreto 1819/01 y normas complementarias, debiendo ser reintegrados en efectivo.

Por ello, el Tribunal resuelve aclarar la sentencia de fs. 152/156 vta. con el alcance indicado en la presente. N. y devuélvase. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR