Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Mayo de 2007, G. 1334. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 1334. XLII.

RECURSO DE HECHO

Gaggino, M.O. c/ Kaleu Kaleu S.A.

Buenos Aires, 8 de mayo de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Gaggino, M.O. c/K.K.S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que, según doctrina reiterada de esta Corte, la manifestación del recurrente de no tener nada más que reclamar sin hacer reserva expresa de continuar el trámite de la queja importa una renuncia o desistimiento tácito del recurso, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 873, 915 y 918 del Código Civil (Fallos:

297:40; 302:559; 304:1962; 310:924; 311:2021; 312:631 y 317:1154, entre muchos otros).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, previa devolución de los autos principales, archívese. R.L.L. -E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por M.O.G., representado por el Dr. E.J.L.T. de origen: Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 6

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