Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Mayo de 2007, C. 1621. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1621. XL.

R.O.

Conti, Teresita del Carmen c/ ANSeS s/ pensiones.

Buenos Aires, 3 de mayo de 2007.

Vistos los autos: "C., Teresita del Carmen c/ ANSeS s/ pensiones".

Considerando:

11) Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo de la instancia anterior que había reconocido el derecho de la actora al beneficio de pensión, aplicado la tasa pasiva de interés hasta el 31 de diciembre de 2001 y, a partir de esa fecha, la tasa activa que publica el Banco Central de la República Argentina, la ANSeS interpuso recurso ordinario de apelación, que fue concedido según lo establecido en el art.

19 de la ley 24.463.

21) Que los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos:

327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir.

31) Que las objeciones de la demandada vincu-ladas con la aplicación de la tasa activa a partir del 31 de diciembre de 2001 son fruto de una reflexión tardía. Lo resuelto sobre el tema por la juez de grado a fs. 100/104 quedó firme pues el ente previsional no expresó agravios ante la cámara al respecto, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate clausurado en las instancias anteriores.

Por ello, el Tribunal resuelve:

declarar parcialmente procedente el recurso ordinario interpuesto y confirmar la

sentencia apelada con el alcance que surge de la causa "Spitale" citada. N. y devuélvase. R.L.L.- ZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

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