Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Mayo de 2007, V. 217. XLII

Fecha03 Mayo 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 217. XLII.

RECURSO DE HECHO

V., F.G. s/ robo Ccausa N° 11.213C.

Buenos Aires, 3 de mayo de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el defensor oficial de F.G.V. en la causa V., F.G. s/ robo Ccausa N° 11.213C", para decidir sobre su procedencia.

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal en el expediente L.1067.XXXIX "Lortau, C.A. s/ homicidio culposo Ccausa N° 2114C (voto de los jueces P., Highton, M., Z. y L., sentencia del 11 de julio de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, oído el señor P.F., se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen con el fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. agréguese copia del precedente citado. H. saber y remítase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.

ARGIBAY (en disidencia).

DISI

V. 217. XLII.

RECURSO DE HECHO

V., F.G. s/ robo Ccausa N° 11.213C.

DENCIA DE LA SEÑORA MINISTRA DOCTORA DOÑA CARMEN M.

ARGIBAY Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, y habiendo dictaminado el señor P.F., se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quito día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y, previa devolución de los autos principales, archívese. C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por V., F.G.T. de origen: Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal de Casación Penal y Tribu- nal Oral N° 1 de Lomas de Zamora

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