Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Mayo de 2007, O. 578. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 578. XLII.

RECURSO DE HECHO

O., R.G. y otros c/ Asociación Mutual Soldado de la Independencia.

Buenos Aires, 3 de mayo de 2007 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la demandada en la causa O., R.G. y otros c/ Asociación Mutual Soldado de la Independencia@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por la Asociación Mutual Soldado de la Independencia, representada por la Dra. M.V.N.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S.B.T. que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 103

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