Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Abril de 2007, R. 529. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 529. XLII.

ORIGINARIO

PENAL R.Z., Maya Haya s/ lesiones culposas Ccausa N° 57.245C.

Buenos Aires, 10 de abril de 2007 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. sustituto a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara la competencia originaria de esta Corte para entender en la presunta comisión del delito de lesiones culposas, y se delega la instrucción del sumario en el juez federal con competencia en lo criminal y correccional.

Hágase saber y remítanse las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal para que desinsacule el juzgado que intervendrá. N. y cúmplase.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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