Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2007, R. 2353. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 2353. XXXVIII.

R.O.

Rivero, D. c/ ANSeS s/ reajustes varios.

Buenos Aires, 6 de marzo de 2007.

Vistos los autos: "R., D. c/ ANSeS s/ reajustes varios.

Considerando:

11) Que contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la de la instancia anterior que había ordenado el reajuste del haber del jubilado, ambas partes dedujeron recursos ordinarios de apelación que fueron concedidos según el art. 19 de la ley 24.463.

21) Que los planteos del actor que se relacionan con la incidencia de la ley 23.928 sobre la prestación suscitan el examen de cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en la causa M.675.XLI. "M., F.J. c/ ANSeS s/ reajustes varios", fallo del 15 de agosto de 2006 y en el precedente publicado en Fallos:

328:1602 y 2833 ("S."), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos.

31) Que las cuestiones que pretende introducir la demandada deben ser desestimadas ya que no guardan relación con lo decidido por el a quo y resultan el fruto de una reflexión tardía respecto de los temas resueltos en la primera instancia, pues su apelación fue declarada desierta por falta de presentación del memorial en los términos del art. 266 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, el Tribunal resuelve:

declarar desierto el recurso de apelación deducido por la ANSeS, procedente el

interpuesto por el actor y revocar la sentencia apelada con el alcance de los precedentes "M." y "S." citados.

N. y devuélvase. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN C.M. -E.R.Z..

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