Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2007, P. 84. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 84. XL.

RECURSO DE HECHO

P., J.Á. s/ incidente de regulación de honorarios promovido por el Dr. Torcuato E. Fino (h) Ccausa N° 12.600/01C.

Buenos Aires, 6 de marzo de 2007.

Autos y Vistos; Considerando:

Que el apelante articula un pedido de aclaratoria respecto de la sentencia de esta Corte dictada a fs. 128, al que cabe hacer lugar dado que, en virtud de un error de transcripción, la parte resolutiva de la decisión no guarda coherencia con la solución consagrada en el precedente "Di Nunzio@ (Fallos: 328:1108) cuyos fundamentos y conclusiones sustentaron el dictamen del señor P.F. al que el Tribunal se adhirió.

Por ello se aclara el pronunciamiento en el sentido de que en su parte dispositiva debe leerse: "Por ello, se desestima la queja. N. y, oportunamente, remítase al tribunal de origen conforme lo indicado en el apartado IV del dictamen del señor P.F.. H. saber y, en razón de los antecedentes del caso, reintégrese el depósito de fs.

57". N. y devuélvanse los autos principales con copia del dictamen del señor P.F., sentencia de fs. 128 y de la presente. A. oportunamente la queja. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

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